DOCUMENTACIÓN INFORMATIVA SOBRE “AYUDAS POR LA DECLARACIÓN DE ESTADO CATASTRÓFICO”

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Desde las Asociaciones Vecinales estamos pidiendo que una información precisa para la reclamación de daños producidos por la catástrofe de la gran nevada FILOMENA. Por ello, y estando pendientes de las informaciones que pueda ser relevantes y que nos acaben llegando, adelantamos la información que ya disponemos en estos momentos.

1.- En primer lugar, un breve documento explicativo elaborado por la Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid (FRAVM).

En él podemos ver que las ayudas están reguladas en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, y se establece el procedimiento para su concesión.

En ese breve documento se identifica:

1.- Quiénes pueden ser los beneficiarios

2.- Presentación de solicitudes, plazos y documentación que adjuntar.

3.- WEB del Ministerio del Interior en la que se explica en detalle el procedimiento y se recogen los modelos oficiales. La dirección es:

https://sede.mir.gob.es/opencms/export/sites/default/es/procedimientos-y-servicios/ayudas-y-subvenciones-por-siniestro-y-catastrofe/

4.- El procedimiento de Resolución

Y se puede consultar este documento de la FRAVM en este enlace: FRAVM-AYUDAS POR LA DECLARACIÓN DE ESTADO CATASTRÓFICO

2.- En segundo lugar, una “Nota sobre el papel del Consorcio de Compensación de Seguros en el resarcimiento de los daños asegurados con ocasión del temporal que afecta estos días de enero de 2021 a distintas zonas geográficas de España”.

El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) es una entidad pública adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital que indemniza los daños que ocasionen determinadas catástrofes naturales, siempre y cuando las personas y los bienes que hubiesen resultado dañados se encuentren asegurados en el momento de producirse los daños.

Y hay un enlace con el Consorcio que se puede consultar para mayor aclaración:

https://www.consorseguros.es/web/documents/10184/121530/Nota_temporal_enero_2021.pdf/58cb0c09-c297-4c71-b2a7-153c904d9c53

Y se puede consultar este documento del Consorcio de Seguros en este enlace: Consorcio de Compensación de Seguros

 

3.- En tercer lugar, un documento del Instituto Municipal de Consumo. Este Instituto informa sobre ayudas y recomendaciones para los damnificados por los daños que ha dejado #FilomenaMadrid: vehículos destrozados por la caída de árboles, fracturas por resbalones, humedades y tuberías reventadas.

 

El Instituto Municipal de Consumo puede ayudar a resolver dudas tanto si se refieren a daños en vivienda, en vehículos o de salud. Y recomienda al organismo público, el Consorcio de Compensación de Seguros (CSS), que complementa al sistema asegurador y es el encargado de la cobertura de los calificados como ‘riesgos extraordinarios’.

Ahora bien, existe un problema si no se tiene seguro privado contratado, ya que el CSS solo se hará cargo si hay póliza contratada en vigor. En este caso, las personas no aseguradas tendrán que aguardar a las ayudas gubernamentales que se proporcionan cuando se produce una declaración de zona catastrófica. Hay que tener en cuenta que la declaración de zona catastrófica no supone indemnizaciones sino ayudas directas de las que se pueden beneficiar tanto los particulares como las empresas afectadas, los ayuntamientos y las comunidades autónomas.

También informa este Instituto de “problemas y retrasos con las compañías online y cancelación de eventos”; envíos de compras y pedidos online. Así como de “cancelación de vuelos y trasportes”, como a cancelación de numerosos viajes en avión, tren o autobús. Si este es el caso, se puede consultar este enlace del Instituto de Consumo.

 

Esta información está tomada de:

https://diario.madrid.es/blog/2021/01/22/los-danos-que-ha-dejado-filomenamadrid-consejos-recomendaciones-y-ayudas/22/01/2021

Y se puede consultar este documento del Instituto Municipal de Consumo en el siguiente enlace: Instituto Municipal de Consumo