CONCENTRACIÓN DEL 20 DE SEPTIEMBRE DE 2025 CONTRA EL CREMATORIO

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1.- PARCESA ha pedido la licencia de funcionamiento. Esto es lo que PARCESA ha pedido. Y por eso nosotros debemos entregarles nuestras firmas.

2.- La cuestión está en la decisión del Ayuntamiento puesto que a PARCESA NO LE IMPORTAN NI PREOCUPAN NI NUESTRA SALUD NI EL MEDIO AMBIENTE. Porque ya pidió en Junio poder empezar bajo lo que llaman “DECLARACIÓN RESPONSABLE”, que el Ayuntamiento le denegó. Como debe hacer ahora con la licencia de funcionamiento. Y eso por qué; pues porque:

  • No está obligado por la sentencia judicial ni ha respondido a ninguna de nuestras razones y peticiones.

  • Tiene que decidir sobre la distancia obligada por su propia norma ¿O tendremos que dejar nosotros lo que son parques, escuelas, centros, viviendas, para que la distancia no importe? ¿Seremos nosotros los responsables de que nos afecte su contaminación?

  • Porque esto ya ha ocurrido. Estábamos antes que la Caja Mágica, y ahora somos los que tenemos que aguantar sus ruidos, sonidos estridentes, y todo tipo de efectos de movilidad, conglomeraciones, parkings, etc.

  • ¿Tendremos que seguir sumando más problemas a los de las depuradoras, subestaciones de gas, plataformas logísticas, etc., simplemente por vivir en la zona sur de Madrid?

  • ¿Pintamos algo en todo esto? ¿Es que los que somos los más afectados no somos la parte fundamental del problema, o solo somos un estorbo porque lo único fundamental es el negocio y el beneficio económico a costa de lo que sea?

3.- Y esto no es una simple queja, sino que todo ello se suma contra un Crematorio:

  • Ilegal, que está en Juzgado con un contencioso administrativo.

  • Injusto, que concentra aún más lo contaminante a nuestras casas, centros educativos, parques, centros comerciales, de trabajo y de ocio como la Caja Mágica.

  • Insalubre, por la contaminación que supone y que nunca se ha tomado en serio con todos los efectos de su contaminación.

4.- Ya hemos alegado contra la petición de PARCESA de la licencia de funcionamiento y hemos pedido y seguimos pidiendo que se deniegue tal licencia por el Ayuntamiento por tres cosas importantes:

1.- Una es que a pesar de sus múltiples declaraciones de que van a realizar un control, los afectados seguimos desasistidos y al margen del control.

  • No nos consta ni en el expediente administrativo público, ni en el expediente obrante en el recurso contencioso administrativo previo, ningún control técnico por parte del Ayuntamiento de Madrid que asegure el control de la calidad del aire de la instalación que ahora se pretende iniciar el funcionamiento.

  • Tampoco nos consta control alguno ni por la entidad solicitante, ni por el propio Ayuntamiento de Madrid, de control de chimenea de emergencia para los supuestos en los que la misma opere.

  • Ni nos consta que se hayan establecido controles de emisiones por ese Ayuntamiento, ni controles de las emisiones y calidad del aire en las viviendas más próximas, ni en las zonas en las que confluyen otros generadores de emisiones o en los lugares de especial afectación como centros escolares, educativos y de mayores.

  • Tampoco consta actuación alguna del Ayuntamiento respecto de intervención en reforestación, implementar espacios arbolados, restauración de ecosistemas degradados y aumento de la captura de carbono atmosférico, ni respecto del plan de movilidad en dicha zona pues sus emisiones son una suma y sigue con el impacto de otros focos contaminantes existentes.

  • Ni se conocen actuaciones ni de control, ni que traten de corregir y compensar esas emisiones, en el entorno que va a ser sometido de las nuevas emisiones contrarias a la calidad del aire y actuaciones bioclimáticas específicas.

  • Ni nos consta que se haya realizado actuación de control preventivo alguno conforme a los mismos principios de salubridad y prevención respecto a elementos tales como ruidos o relacionados con los oportunos planes de movilidad.

2.- Pero el segundo asunto es el más importante, y es que por mucho control que pretendan hacer no hay “emisiones cero”. Y eso en un Crematorio que tiene previsto 3 cremaciones diarias, va a generar a medio y largo plazo una contaminación peligrosa como un manto que rodea nuestro hábitat humano, nuestra salud y nuestro medio ambiente.

3.- Y en tercer lugar es patente que nos encontramos ante una actuación que no conlleva el reequilibrio entre los distritos, sino que se vuelve a imponer a los distritos con menor esperanza de vida y menor situación económica y de salud con una instalación contraria a la misma.

5.- Por eso RECLAMAMOS AL AYUNTAMIENTO que se abra el procedimiento de revisión de oficio, QUE SE RESPETEN LOS 250 METROS OBLIGADOS POR LA ORDENANZA DE MOVILIDAD y MEDIO AMBIENTE, y que se acuerde denegar Licencia Primera Ocupación y Funcionamiento para una actividad de INSTALACIÓN DE HORNO CREMATORIO en el TANATORIO M-40, en AVENIDA LOS ROSALES NUM 36, por así proceder en Derecho.

6.- Por eso no nos iremos, no lo dejaremos y nos opondremos al Crematorio aunque lo construyan. Es nuestro derecho y es obligación oponernos a lo que perjudica nuestra salud y nuestro medio ambiente.

Descargar el la declaración en PDF: Declaración del 20 de septiembre 2025

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