La FRAVM pide al Ayuntamiento de Madrid que permita cuanto antes la presencia vecinal en los Plenos de Distrito.

La Fravm entiende que carece de toda lógica que se prohíba la asistencia a los plenos del vecindario precisamente en el momento en que todas las administraciones están relajando sus medidas en todos los sectores gracias al avance de la vacunación y a la mejora de la situación sanitaria. Carece de sentido que a la vez que la Comunidad de Madrid levanta las restricciones horarias en la hostelería y el ocio nocturno y suprime las limitaciones de aforo en cines y teatros, el Consistorio impida a los ciudadanos y ciudadanas tomar parte, de manera presencial, de los espacios en los que sus representantes debaten y votan asuntos de su barrio y distrito, cuestiones que les afectan en su día a día. Por ello, con el fin de frenar este nuevo revés a la participación ciudadana en la capital, la FRAVM ha enviado un ruego al Consistorio que presentará el próximo viernes, 17 de septiembre, en la Comisión Permanente de Pleno de Vicealcaldía. En su petición, la Federación solicita a la Concejala Delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana, Silvia Saavedra, que “reconsidere la prohibición de participación presencial en los plenos de distrito y, a la mayor brevedad posible, modifique su decisión, autorizando esta presencialidad con…

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Asamblea informativa

POR TERCERA VEZ INTENTAN CONSTRUIR EL CREMATORIO *.- Los Crematorios corresponden a una actividad nociva e insalubre, y está reconocido por todos que es una actividad que debe estar regulada para proteger la salud y el bienestar de la ciudadanía. En Madrid, la Ordenanza Municipal de Protección del Medio Ambiente de 1985, en su artículo 52.3, exige una distancia mínima de 250 metros desde “el foco de emisión a viviendas o lugares de permanencia habitual de personas”, lo que este Crematorio incumple de manera clara. Por ello, el Ayuntamiento de Madrid, actuando en consecuencia, en 2016 denegó a la empresa Parcesa la licencia que solicitaba para la instalación del Horno Crematorio en el Tanatorio M-40. *.- ¿Cuál es la situación actual? El 12 de julio de 2021 el Tribunal Supremo ha reclamado al Ayuntamiento “que debe fundamentar mejor la negativa” a la creación del Crematorio. Y que debe dictar una nueva resolución al considerar que no justificó adecuadamente la emitida hace cinco años. Y el Tribunal lo justifica porque el art. 52.3. de la Ordenanza General de Protección del Medio Ambiente Urbano fija en 250 metros la distancia exigida. Y la considera muy antigua pues ha habido normativas posteriores en…

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